Estatutos
1. Nombre y sede
Bajo el nombre «A.I.M.A. (Asociación Internacional de Motociclismo Andrea Ippolito) existe una asociación en virtud de los artículos 60 y siguientes del Código Civil Suizo con sede en Zúrich.
2. Objeto
La asociación tiene como objeto apoyar y fomentar el motociclismo entre los pilotos jóvenes, independientemente del género, nacionalidad u origen, con especial atención a los valores éticos del deporte del motor.
Dichos valores incluyen el respeto de las normas, el cumplimiento de las normas de seguridad para sí mismo y para el resto, así como el respeto del medio ambiente.
Asimismo, la asociación tiene por objeto fomentar la colaboración con instituciones y organizaciones especializadas para impulsar el intercambio de información con el fin de fomentar el motociclismo en todas las áreas y disciplinas.
Además, se fomentará el intercambio entre participantes, pilotos y organizadores privados e institucionales.
Se fomentarán y apoyarán también nuevas tecnologías en materia de seguridad para los pilotos y la promoción de vehículos ecológicos y neutrales para el clima.
3. Medios
Con el fin de alcanzar el propósito de la asociación, la asociación contará con las contribuciones de los miembros, determinadas anualmente por la Asamblea General. Se podrán además aceptar donaciones de toda índole, así como contribuciones de patrocinadores locales y extranjeros.
4. Afiliación
Toda persona física o jurídica que tenga interés en el propósito de la asociación puede convertirse en miembro activo con derecho a voto.
Toda persona física o jurídica puede convertirse en miembro pasivo sin derecho a voto si el Consejo acepta la solicitud de afiliación.
Las solicitudes de afiliación se dirigirán al presidente o presidenta; El consejo decidirá sobre la admisión.
5. Caducidad de la afiliación
La afiliación cesará
– en el caso de persona físicas por renuncia, exclusión o fallecimiento.
– en el caso de personas jurídicas por renuncia, exclusión o disolución.
6. Renuncia y exclusión
El cese de afiliación es posible en cualquier momento. La carta de renuncia deberá dirigirse al Presidente al menos cuatro semanas antes de la Asamblea General ordinaria.
Se podrá excluir en cualquier momento y sin razón a un afiliado de la asociación. El Consejo tomará la decisión de exclusión. El afiliado podrá remitir la decisión de exclusión a la Asamblea General.
7. Órganos de la asociación
Los órganos de la asociación son:
a) la Asamblea General
b) el Consejo
c) los Auditores
8. Asamblea General
La Asamblea General es el órgano supremo de la asociación. Cada año, antes del 30 de abril, se celebrará una Asamblea General ordinaria.
Se invitará a los miembros a asistir a la Asamblea General por escrito, junto con el orden del día, con al menos tres semanas de anticipación.
La Asamblea General tendrá a su cargo las siguientes tareas inalienables:
a) elección o cancelación del Consejo y de los auditores
b) determinación y modificación de los Estatutos
c) aceptación del informe anual de cuentas y del informe de auditoría
d) decisión sobre el presupuesto anual
e) determinación de la cuota de contribución de afiliación
f) tratamiento de las reclamaciones de exclusión
Cada miembro dispondrá de un voto en la Asamblea General y se tomará la decisión que más votos reciba. Se invitará a los miembros pasivos a asistir a la Asamblea General, aunque no contarán con derecho a voto.
9. Consejo
El Consejo estará compuesto por al menos dos miembros (personas físicas), a saber, el presidente y el vicepresidente.
El Consejo representará la asociación en el exterior y gestionará los asuntos corrientes.
10. Auditores
La Asamblea General elegirá anualmente dos auditores que auditarán las cuentas y realizarán un control aleatorio al menos una vez al año.
11. Firma
La asociación estará obligada por la firma colectiva del presidente junto con otro miembro del Consejo.
12. Responsabilidad
Ante las deudas de la asociación solo se hará responsable el patrimonio de la asociación. Queda excluida la responsabilidad personal de los miembros.
13. Modificación de los Estatutos
Los presentes Estatutos podrán modificarse si las tres cuartas partes de los miembros presentes aprueban la enmienda propuesta.
14. Disolución de la asociación
La disolución de la asociación podrá decidirse por mayoría cualificada si se logra el quorum necesario en la Asamblea.
Si menos de las tres cuartas partes de los miembros participan en la Asamblea, se celebrará una segunda Asamblea en el plazo de un mes. En dicha Asamblea, la asociación podrá disolverse por mayoría simple, incluso si menos de las tres cuartas partes de los miembros se encuentran presentes.
En caso de disolución de la asociación, el patrimonio de la asociación irá destinado a una institución que persiga el mismo propósito o uno similar.
15. Entrada en vigor
Los presentes Estatutos se adoptaron en la Asamblea Constituyente a fecha de 3 de febrero de 2019 y entraron en vigor en dicha fecha.
8052 Zurich, Schaffhauserstrasse 550